Más que una aerolínea, somos tu socio estratégico. Seguridad, confianza y compromiso con el desarrollo sostenible de nuestra selva.
Adaptados a las dinámicas de la región, ofrecemos servicios diseñados para conectar, salvar vidas e impulsar el comercio.
Conexión confiable y directa a zonas remotas. Priorizamos tu comodidad y seguridad, conectando familias y fomentando el turismo vivencial en la selva.
El impulso que tu negocio necesita. Soluciones logísticas rápidas y seguras para llevar productos locales a nuevos mercados y abastecer comunidades.
Somos esperanza y vida. Transporte médico de emergencia con personal a bordo, llegando donde otros no llegan cuando cada segundo cuenta.
Soluciones a medida para empresas (minería, energía, gobierno). Vuelos chárter flexibles y eficientes para traslado de personal y equipos.
Vuelos exclusivos y personalizados adaptados a tus necesidades de horario y ruta. La solución perfecta para grupos y transporte privado con total flexibilidad.
Comprometidos con la integración regional. Operamos rutas sociales con tarifas accesibles para conectar a las comunidades más alejadas de la Amazonía.
En SAETA no solo volamos; conectamos sueños y oportunidades. Nuestro compromiso es con la seguridad, la puntualidad y el respeto profundo por nuestra Amazonía.
Compromiso Regional
Atención Emergencias
Ya sea un viaje de negocios, una emergencia médica o una aventura turística, SAETA está lista para llevarte a tu destino.
Para pagos con tarjetas de crédito o débito se cobrará una comisión por transacción del 4%
LEY N.º 29571 DEL
CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Artículo 7.- Medio de pago
7.1 En caso de que el proveedor diferencie el precio del producto o servicio en función del medio de pago, como tarjetas de crédito u otros, dicha información deber ser
puesta en conocimiento del consumidor, de manera destacada, en forma visible y accesible en el local o establecimiento comercial, a través de carteles, avisos u otros
similares. En caso de incumplimiento del proveedor, los consumidores no pueden ser obligados al pago de sumas adicionales, debiendo respetarse el precio fijado por el
producto o servicio.